Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.
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Registro digital (IUS): 2029609
Clave: I.10o.T.25 L (11a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: T.C.C.
Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 43, Noviembre de 2024; Tomo V, Volumen 1; Pág. 857
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.13o.T.20 L (11a.). SEPARACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CUANDO SE PRESENTA UNA DEMANDA POR VARIAS PERSONAS QUE RESIENTEN UNA AFECTACIÓN COMÚN, AUNQUE SEAN PARTE EN JUICIOS LABORALES DISTINTOS.
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