LABORALES

Artículo IUS 800908. SALARIO, CARGA DE LA PRUEBA DE SU MONTO, CUANDO ES CONTRADICHO POR EL PATRON.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

SALARIO, CARGA DE LA PRUEBA DE SU MONTO, CUANDO ES CONTRADICHO POR EL PATRON.

Cuando el patrón contradice el salario que el trabajador señala en su demanda, corresponde al propio patrón probar el monto real del salario, en atención a que es él quien tiene en su poder las listas de raya, los recibos y demás documentos idóneos para acreditar tal extremo.

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Registro digital (IUS): 800908

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 52/60. Bonifacio Rodríguez Linares. 15 de agosto de 1960. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800908 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800908 de la J. Laborales SCJN?

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