Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
De acuerdo con lo que dispone el artículo 78 de la Ley de Amparo, el acto reclamado se deberá apreciar tal como aparezca probado ante la autoridad responsable.
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Registro digital (IUS): 800941
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 12
Amparo directo 1053/59. Joaquín Cruz. 22 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 800933. DESPIDO INJUSTIFICADO, NEGATIVA DEL, CON OFRECIMIENTO DEL TRABAJO.
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Art. IUS 800942. ABANDONO DEL TRABAJO, CARGA DE LA PRUEBA DEL.
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