Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Habiendo aceptado el trabajador que su contrato se encontraba sujeto a una condición resolutoria que se presentó por la defunción del trabajador fallecido, dicha muerte extinguió la relación contractual establecida entre él y Petróleos Mexicanos, haciendo definitiva la ausencia del obrero a quien sustituía y por tanto hizo también definitiva la vacante del puesto, imponiendo a esta empresa la obligación de cubrirlo en los términos establecidos por la cláusula 4a. del contrato colectivo de trabajo, sin que el actor en su carácter de sustituto pudiera crear derechos a la plaza, ya que éstos sólo pueden obtenerse en los términos de la contratación colectiva mediante los procedimientos escalafonarios y boletinación respectivos.
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Registro digital (IUS): 801459
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Quinta Parte; Pág. 48
Amparo directo 7745/60. Benito Vázquez Sánchez. 16 de marzo de 1962. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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