Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Como la semana se compone de siete días, y éstos son consecutivos y cada uno de ellos lleva distinto nombre, cuando se ejercita la acción de descanso semanal se está indicando que se exige el salario relativo al descanso del séptimo día o sea el que corresponde al obrero después de haber trabajado los otros seis de la semana.
---
Registro digital (IUS): 806060
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1316
Amparo directo en materia de trabajo 6037/45. Espinosa Francisco. 2 de junio de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hermilo López Sánchez y Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Roque Estrada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 806042. JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE, DEBEN ACATARLA LAS JUNTAS.
Siguiente
Art. IUS 806062. SEPTIMO DIA SEMANAL, CUANDO NO SE TIENE DERECHO AL PAGO DEL.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo