Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
La resolución por la cual la Junta responsable se niega a tener por desistida la acción a la parte actora, no puede considerarse como de naturaleza simplemente procesal, ya que determina la existencia misma de la acción ejercitada, cuya reparación no sería posible hacer en la sentencia definitiva, y por lo mismo, debe estimarse que contra dicha resolución procede el juicio de amparo directo.
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Registro digital (IUS): 807885
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3751
Amparo en revisión en materia de trabajo 4104/43. Compañía Minera Asarco, S. A., Unidad de Santa Bárbara. 22 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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