LABORALES

Artículo IUS 808305. TRABAJADORES, DESCUENTOS DE LOS SUELDOS DE LOS, POR CANTIDADES PERCIBIDAS INDEBIDAMENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES, DESCUENTOS DE LOS SUELDOS DE LOS, POR CANTIDADES PERCIBIDAS INDEBIDAMENTE.

Tratándose de abonos parciales, que se descuentan de los sueldos de los trabajadores, en calidad de devolución de cantidades de dinero, que por exceso de ejecución de un laudo indebidamente obtengan descuentos que sean semanarios, no se infringe el artículo 34 de la Ley Federal del Trabajo, por no tratarse de adeudos que los trabajadores hubieran contraído con el patrono, mediante el consentimiento de éste.

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Registro digital (IUS): 808305

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5915

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 3500/42. Rivera González Luis. 9 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808305 del LABORALES?

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