LABORALES

Artículo IUS 811580. JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

La prescripción legal de que la consecuencia invariable de la no aceptación de los laudos pronunciados por ella, es la de darse por concluido el contrato, confirma la tesis de que éste debe estar en vigor.

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Registro digital (IUS): 811580

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 807

Precedentes

Amparo administrativo en revisión. Fuentes Vargas Francisco. 13 de marzo de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811580 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811580 de la J. Laborales SCJN?

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