Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Cuando el demandado no ocurre a la audiencia de demanda y excepciones, la ley dispone que se tenga la demanda como contestada en sentido afirmativo, salvo prueba en contrario, lo que implica el reconocimiento de certeza de los hechos fundatorios de la reclamación, presunción que no se destruye sino probando en contrario; y , cuando esto no se hace se crea una situación procesal firme, a virtud de la preclusión, que no puede ser desestimada por las Juntas, pues, si lo hacen, infringen los artículos 515, 517 y 550 de la Ley del Trabajo.
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Registro digital (IUS): 814401
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 54
Amparo directo 1590/42. Macario Mejía. 17 de julio de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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