Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
La estimación de las pruebas es la facultad discrecional que las leyes procesales conceden al juzgador para que pueda decidir si están o no probados los hechos relatados en la demanda o en la contestación, de tal manera que para apreciar esas pruebas, los tribunales tienen que exponer los motivos por los cuales, a su juicio, les merecen crédito, y no puede decirse que revoquen o nulifiquen sus asuntos admisorios de las probanzas relativas, cuando formulen esa apreciación.
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Registro digital (IUS): 814615
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 100
Amparo directo 7652/41. José Carvajal y coagraviado. 19 de febrero de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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