Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si la Corte concede el amparo para el efecto de que la Junta dicte un nuevo laudo que sea congruente con las prestaciones reclamadas, y el quejoso estima que la resolución que acató esa ejecutoria incurrió en la misma incongruencia, no es el amparo el medio adecuado para reclamarla, sino el recurso de queja, de acuerdo con la fracción IX del artículo 95 de la ley orgánica respectiva.
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Registro digital (IUS): 814619
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 102
Amparo directo 840/42. Delfina García viuda de Arzae y coagraviados. 7 de mayo de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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