LABORALES

Artículo IUS 815474. EMPRESA QUE NO ACTUA POR VIRTUD DE CONCESION FEDERAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

EMPRESA QUE NO ACTUA POR VIRTUD DE CONCESION FEDERAL.

En el expediente no hay ningún dato que demuestre que la compañía demandada actúa en virtud de un contrato o concesión federal; siendo así, debe estarse al principio general estatuido en la fracción XXXI del artículo 123 de la Constitución e imputarse a la Junta Local del trabajo.

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Registro digital (IUS): 815474

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1947; Pág. 187

Precedentes

Competencia 131/44. Suscitada entre las Juntas Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco y Federal de Conciliación Número Tres en Guadalajara. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona la fecha de resolución ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815474 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815474 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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