LABORALES

Artículo IUS 816478. INDUSTRIAS ESTABLECIDAS EN TODO O EN PARTE EN UNA ZONA FEDERAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

INDUSTRIAS ESTABLECIDAS EN TODO O EN PARTE EN UNA ZONA FEDERAL.

La competencia de las Juntas Municipales está limitada por la que corresponde a las Juntas Federales de Conciliación, cuya jurisdicción está definida, ya sea por razón de la materia que clasifica el artículo 359 de la Ley Federal del Trabajo, o por razón de lugar, cuando las empresas o industrias están establecidas, total o parcialmente, en zonas federales, cuyo concepto aclara perfectamente el artículo 358 de la misma ley cuando dice: "Que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje establecida en la Ciudad de México, conocerá de los conflictos que surjan entre trabajadores y patronos en empresas o industrias que sean de concesión federal que desarrollen actividades total o parcialmente en zonas federales". De lo anteriormente expuesto se deduce que basta que una industria esté establecida en todo o en parte en una zona federal, o que algunos trabajos relacionados con ella, se efectúen en zonas federales, para que la competencia, en cuanto a los conflictos que surjan entre trabajadores y patronos de la misma, sean de las Juntas Federales. En el caso concreto los trabajos de carga y descarga de carros del ferrocarril en la vía de la estación de Villa José Cardel, se desarrollaban en zona federal, puesto que lo es la que ocupan dichas vías que son las del Ferrocarril Interocéanico de Veracruz a México, aun cuando el mismo trabajo entrañaba la conducción de las mercancías hasta las bodegas o comercio de la parte demandada.

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Registro digital (IUS): 816478

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1934; Pág. 89

Precedentes

Competencia. Suscitada entre la Junta Accidental Municipal de Conciliación y Arbitraje de Villa José Cardel, Veracruz, y la Junta Federal de Conciliación Número V. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816478 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816478 de la J. Laborales SCJN?

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