Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si al contestar una demanda por separación injustificada el patrón sostiene que el despido fue justificado, en virtud de que el trabajador injurió a un empleado de confianza de la negociación es preciso que mencione cuáles fueron las injurias proferidas, pues las mismas tienen que ser probadas y no lo estarán por la mera apreciación de los testigos que declaren haberlas oído, sin especificar en qué consistieron y si la Junta desestima la prueba testimonial, con apoyo en esa razón, no viola el artículo 550 de la ley Federal del Trabajo.
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Registro digital (IUS): 816972
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1949; Pág. 32
Amparo directo 4133/48. Cosío Moisés. 10 de octubre de 1949. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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