Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Debe admitirse su existencia cuando los hechos que lo originaron acontecieron acatando órdenes del patrón y con motivo del servicio, aun cuando se haya concluido la jornada de trabajo.
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Registro digital (IUS): 817086
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 49
Amparo directo 5851/44. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. La publicación no menciona la votación, la fecha de resolución del asunto, ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 817084. ACCIDENTE FUERA DEL LUGAR DEL TRABAJO. RIESGO NO INDEMNIZABLE.
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