LABORALES

Artículo IUS 817655. SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.

No es necesario que quien solicita el amparo ante los presidentes de las Juntas presente la copia de la demanda para el expediente relativo al incidente de suspensión, tanto, porque el artículo 124 de la Ley Reglamentaria del Juicio de Amparo sólo es aplicable en los casos de la competencia de los Jueces de Distrito, cuanto porque el artículo 174 del propio ordenamiento no previene que tratándose de laudos de las Juntas se forme expediente aparte para sustanciar el incidente de suspensión, lo cual se concederá o denegará sin atender a ese requisito.

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Registro digital (IUS): 817655

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 48

Precedentes

Amparo 2471/36. Ferrocarriles Nacionales de México. 17 de marzo de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817655 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817655 de la J. Laborales SCJN?

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