MERCANTILES

Artículo 1a. CLXXVII/2012 (10a.). EVICCIÓN. PARA QUE SE ACTUALICE SE REQUIERE EL ANÁLISIS DE TODOS LOS DERECHOS INVOLUCRADOS EN UN JUICIO CONTRADICTORIO, EN EL QUE EL ADQUIRENTE DEBE LLAMAR A JUICIO AL ENAJENANTE Y SE RESPETE LA GARANTÍA DE AUDIENCIA DEL ADQUIRENTE Y DE QUIEN ADUCE TENER UN MEJOR DERECHO ANTERIOR.

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladadécima-Épocacivil

Texto Legal

EVICCIÓN. PARA QUE SE ACTUALICE SE REQUIERE EL ANÁLISIS DE TODOS LOS DERECHOS INVOLUCRADOS EN UN JUICIO CONTRADICTORIO, EN EL QUE EL ADQUIRENTE DEBE LLAMAR A JUICIO AL ENAJENANTE Y SE RESPETE LA GARANTÍA DE AUDIENCIA DEL ADQUIRENTE Y DE QUIEN ADUCE TENER UN MEJOR DERECHO ANTERIOR.

En términos generales, la evicción se presenta cuando el que enajena dispone de una cosa ajena, lo que tiene como consecuencia que se condene al enajenante al saneamiento, esto es, a devolver al adquirente el precio pagado, el pago de los gastos, y en ciertos casos, prestaciones adicionales, por lo cual es necesario que la "evicción" se determine en un procedimiento judicial, en el cual todas las personas involucradas tengan garantía de audiencia, ya que el juicio de evicción supone el análisis y comparación de los derechos de propiedad que ostentan el adquirente que se ve privado de la cosa adquirida, y el titular del derecho anterior que demandó la reivindicación de la cosa, con el fin de determinar cuál derecho debe prevalecer. Para que el pleito de evicción logre su objetivo se requiere que se trate de un juicio contradictorio, en el que todas las personas involucradas tengan la oportunidad de rendir pruebas y formular alegatos, esto es, tanto el tercero que aduce tener un mejor derecho, como el adquirente y el enajenante -que podrá quedar obligado a indemnizar al adquirente dependiendo del resultado del juicio-. De manera que atendiendo a todo el acervo probatorio, el juez pueda resolver si debe prevalecer el derecho anterior, en cuyo caso, se configura la evicción, y el enajenante queda obligado al saneamiento por evicción, o si debe prevalecer el derecho del adquirente, en cuyo caso, no se actualiza la evicción.

---

Registro digital (IUS): 2001913

Clave: 1a. CLXXVII/2012 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 2; Pág. 1201

Precedentes

Contradicción de tesis 493/2011. Suscitada entre los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos del Trigésimo Circuito. 11 de abril de 2012. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos por lo que se refiere a la competencia. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Unanimidad de cinco votos en cuanto al fondo. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretaria: Rosa María Rojas Vértiz Contreras.Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. CLXXVII/2012 (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. CLXXVII/2012 (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1a. CLXXVII/2012 (10a.) del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1a. CLXXVII/2012 (10a.) MERCANTILES desde tu celular