Tesis aislada · Décima Época · Primera Sala
El citado precepto, al establecer la imposición de una multa a la parte quejosa y su abogado solidariamente, si el recurso de queja interpuesto contra la resolución que niega la admisión de la demanda o la que deniega una apelación es infundado, viola el derecho fundamental a la tutela jurisdiccional previsto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de que dicha imposición constituye un impedimento legal para acceder a la justicia, al desalentar e inhibir su promoción y condicionar injustificadamente el acceso a ésta. En efecto, el establecimiento de una multa en atención al sentido en que se resuelva en lo material el recurso, constituye una traba innecesaria entre los gobernados y los tribunales para acceder a plantear una pretensión de inconformidad, lo cual restringe indebidamente el derecho fundamental de pedir justicia.
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Registro digital (IUS): 2002945
Clave: 1a. LXXXI/2013 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 1; Pág. 879
Amparo directo en revisión 2346/2012. Omar Zárraga Domínguez y otros. 9 de enero de 2013. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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