MERCANTILES

Artículo III.4o.C.37 C (10a.). EXPROMISIÓN. SI EN LA DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO, EMBARGO Y EMPLAZAMIENTO, EL DILIGENCIARIO OMITE PEDIRLE A LA PERSONA EXTRAÑA QUE SI SE SOLIDARIZA CON EL DEMANDADO QUE SE IDENTIFIQUE FEHACIENTEMENTE Y QUE SUSCRIBA EL ACTA RELATIVA, ELLO HACE PRESUPONER LA FALTA DE AUTORIZACIÓN DE AQUÉLLA DE ASUMIR LA DEUDA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladadécima-Épocacivil

Texto Legal

EXPROMISIÓN. SI EN LA DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO, EMBARGO Y EMPLAZAMIENTO, EL DILIGENCIARIO OMITE PEDIRLE A LA PERSONA EXTRAÑA QUE SI SE SOLIDARIZA CON EL DEMANDADO QUE SE IDENTIFIQUE FEHACIENTEMENTE Y QUE SUSCRIBA EL ACTA RELATIVA, ELLO HACE PRESUPONER LA FALTA DE AUTORIZACIÓN DE AQUÉLLA DE ASUMIR LA DEUDA.

Si en la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, practicada en un juicio aparece que una persona extraña se solidariza expresamente con el adeudo del demandado y se asienta que señaló para su embargo un bien de su propiedad, esa manifestación lo coloca como deudor solidario y mancomunado, comprometiéndose a pagar la cantidad reclamada, figura jurídica denominada expromisión, que es la obligación que adquiere voluntariamente una persona para pagar por otro. Consecuentemente, si en dicha diligencia se asentó que la persona extraña al juicio espontáneamente se solidarizó con el adeudo reclamado al deudor, para que tenga pleno valor probatorio, el diligenciario debe pedirle que se identifique fehacientemente y que suscriba el acta relativa, a efecto de incorporarlo a la relación jurídica; por lo que, si del análisis del acta cuestionada no se advierte que ese deudor solidario se identificó ante el diligenciario ni firmó el acta correspondiente, esa omisión hace presumir la falta de autorización de la obligada solidaria de asumir la deuda.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2009700

Clave: III.4o.C.37 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Agosto de 2015; Tomo III
; Pág. 2177

Precedentes

Amparo en revisión 371/2014. Nancy Moya Palomeque. 13 de noviembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Alberto Casasola Mendoza. Secretario: Juan Francisco Enríquez Domínguez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo III.4o.C.37 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo III.4o.C.37 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. III.4o.C.37 C (10a.) del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. III.4o.C.37 C (10a.) MERCANTILES desde tu celular