MERCANTILES

Artículo XVI.1o.A.1 CS (11a.). DERECHO HUMANO AL AGUA. EL SUMINISTRO DEL MÍNIMO VITAL NO DEBE CONDICIONARSE A EROGACIÓN ALGUNA.

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

DERECHO HUMANO AL AGUA. EL SUMINISTRO DEL MÍNIMO VITAL NO DEBE CONDICIONARSE A EROGACIÓN ALGUNA.

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Registro digital (IUS): 2026160

Clave: XVI.1o.A.1 CS (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: T.C.C.

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 23, Marzo de 2023; Tomo IV; Pág. 3851

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XVI.1o.A.1 CS (11a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XVI.1o.A.1 CS (11a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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