MERCANTILES

Artículo I.3o.C.71 C (11a.). REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS. LA ORDEN DE INSCRIPCIÓN REQUIERE VALORACIÓN JUDICIAL PREVIA (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS. LA ORDEN DE INSCRIPCIÓN REQUIERE VALORACIÓN JUDICIAL PREVIA (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).

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Registro digital (IUS): 2028987

Clave: I.3o.C.71 C (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: T.C.C.

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 38, Junio de 2024; Tomo IV; Pág. 4321

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.3o.C.71 C (11a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.3o.C.71 C (11a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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