Jurisprudencia · 11a. Época · S.C.J.N.
---
Registro digital (IUS): 2030673
Clave: 1a./J. 112/2025 (11a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: S.C.J.N.
Localización: [J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 51, Julio de 2025; Tomo I, Volumen 1; Pág. 123
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. I.15o.C.21 C (11a.). CONTRATO DE REASEGURO. NATURALEZA JURÍDICA.
Siguiente
Art. I.11o.C.57 C (11a.). ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO. LA CONDICIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 82, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY RELATIVA, DEBE INTERPRETARSE ACORDE CON LOS ARTÍCULOS 14, PÁRRAFO SEGUNDO Y 17, PÁRRAFOS SEGUNDO Y TERCERO, CONSTITUCIONALES.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo