MERCANTILES

Artículo IUS 803113. RESPONSABILIDAD OBJETIVA, BENEFICIARIOS DE LA.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

RESPONSABILIDAD OBJETIVA, BENEFICIARIOS DE LA.

Para exigir una responsabilidad objetiva, no es necesario demostrar el parentesco del demandante con la víctima de un riesgo creado, mediante actas del Registro Civil. Basta que se demuestre la dependencia económica para tener derecho a la indemnización, según lo ha establecido la Tercera Sala de la Suprema Corte al interpretar los artículos 1913, 1915 y 1916 del Código Civil, pues el derecho a la indemnización no corresponde al occiso ni, por tanto, a sus causahabientes o herederos sino que corresponde directamente a los ascendientes, descendientes, esposa, concubina, o a quienes hacían vida en común con el finado y económicamente los sostenía de su peculio.

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Registro digital (IUS): 803113

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Cuarta Parte; Pág. 99

Precedentes

Amparo directo 910/59. Lorenza Flores. 6 de enero de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803113 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803113 de la J. Mercantiles SCJN?

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