MERCANTILES

Artículo IUS 803427. LETRA DE CAMBIO. LA INCONDICIONALIDAD DE SU PAGO ES REQUISITO ESENCIAL PARA SU EXISTENCIA COMO TITULO DE CREDITO.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

LETRA DE CAMBIO. LA INCONDICIONALIDAD DE SU PAGO ES REQUISITO ESENCIAL PARA SU EXISTENCIA COMO TITULO DE CREDITO.

No puede tenerse como cambial el documento que contiene una orden de pago sujeta a condición, pues la ausencia de ésta es requisito consustancial de las letras de cambio conforme el artículo 76 fracción III de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. La que se sujeta a la realización de un hecho futuro e incierto no es título de crédito, ni constituye título ejecutivo en favor de su beneficiario.

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Registro digital (IUS): 803427

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXI, Cuarta Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 455/61. Fausto Zertuche Cárdenas. 3 de mayo de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803427 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803427 de la J. Mercantiles SCJN?

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