MERCANTILES

Artículo IUS 804377. RESCISION Y NULIDAD (LEGISLACION DE MORELOS).

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

RESCISION Y NULIDAD (LEGISLACION DE MORELOS).

Aunque los artículos 3818 y 3819 del código de procedimientos hablan de rescisión y no de nulidad, en realidad quisieron referirse a ésta. Por tanto, reclamada la nulidad de un acto, el juzgador no comete violación si resuelve sin fundarse en dichos artículos, cuando la nulidad procede legalmente.

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Registro digital (IUS): 804377

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 582

Precedentes

Amparo civil directo 4736/52. Lara Sánchez Isidra. 3 de mayo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Rafael Rojina Villegas no asistió por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804377 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804377 de la J. Mercantiles SCJN?

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