MERCANTILES

Artículo IUS 804577. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL, PERDON EN CASO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL, PERDON EN CASO DE.

El hecho de que el marido le siga suministrando pensión alimenticia a la mujer y a los hijos, no obstante que ésta hubiera abandonado el hogar conyugal, no puede estimarse como perdón, ya que aquél acto sólo implica el cumplimiento de un deber legal y moral, independiente de las desavenencias de los cónyuges entre sí.

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Registro digital (IUS): 804577

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 290

Precedentes

Amparo civil directo 3136/52. Sámano Mejía de Villegas Martha. 28 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. El Ministro Gabriel García Rojas no voto por las razones que constan en el acta del día.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804577 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804577 de la J. Mercantiles SCJN?

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