Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
No puede decirse que un contrato se lleve a cabo si existe confesión ficta respecto de que no hubo consentimiento para efectuarlo, porque el supuesto comprador se aprovechó de la circunstancia de que el supuesto vendedor, era ciego para hacerlo firmar un documento de venta y no de otra especie, y si además el comprador vendió inmediatamente y se inició una averiguación penal en su contra.
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Registro digital (IUS): 804694
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1665
Amparo civil directo 4573/53. González Tomás, sucesión de. 11 de marzo de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y José Castro Estrada. Ponente: José Castro Estrada. Engrose: Rafael Rojina Villegas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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