Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Son fundados los conceptos de violación que se hagan consistir en que el ad quem consideró probada la acción reivindicatoria intentada, aun cuando el actor no haya fundado su demanda en los primeros testimonios de las escrituras que acreditaban la propiedad de los inmuebles motivo del juicio, sino en segundos testimonios de una copia certificada de una inscripción, expedida por el Registro Público de la Propiedad, documentos que no fueron aceptados con las formalidades requeridas, y que por lo mismo no tienen el valor que se les dio, aunque no hayan sido objetados al contestarse la demanda, pues tal impugnación no era exigible, y el juzgador debió estudiar previamente el aspecto de la formalidad para determinar el valor que como prueba de la acción tienen dichos documentos.
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Registro digital (IUS): 804722
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1758
Amparo civil directo 416/52. Curiel Enrique. 15 de marzo de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: José Castro Estrada. Engrose: Gabriel García Rojas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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