Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
La reparación del daño o responsabilidad civil, como se le designa indistintamente, puede demandarse y exigirse a terceros, y en este caso, se tramita en forma incidental con sujeción a las normas del Código de Procedimientos Civiles.
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Registro digital (IUS): 806045
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1285
Amparo penal en revisión 7703/47. Juárez Dávila Catalina. 2 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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