Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Las resoluciones dictadas en los incidentes de nulidad de actuaciones, cuando éste no prospera, no constituye causa de ejecución real e irreparable en las personas y en las cosas, sino que sólo pueden originar violaciones substanciales del procedimiento, que deben reclamarse hasta que sea dictada la sentencia definitiva.
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Registro digital (IUS): 806634
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2597
Amparo civil en revisión 914/46. G. de Leyva Luz y coagraviados. 6 de diciembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. 1a./J. 9/2014 (10a.). ACCIÓN CAMBIARIA. LOS PAGOS PARCIALES ASENTADOS AL REVERSO DEL TÍTULO DE CRÉDITO (CHEQUE), NO SON SUFICIENTES PARA DESVIRTUAR LA PRESCRIPCIÓN DE AQUÉLLA, A MENOS QUE EL ACTOR DEMUESTRE LA VERACIDAD DE LOS MISMOS.
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Art. XVI.3o.C.T.15 C (10a.). COMPRAVENTA. ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO, PARA EXIGIR LA ENTREGA DE LA COSA COMPRADA, NO SE REQUIERE DE INTERPELACIÓN PREVIA AL EMPLAZAMIENTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUANAJUATO).
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