Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
El auto que manda expedir la cédula y entregar la tenencia material de la finca hipotecada al depositario nombrado por el actor, ni priva de defensa al demandado, ni tiene carácter de sentencia definitiva, por lo cual el amparo es improcedente contra dicho auto, debiendo sobreseerse en aquél.
---
Registro digital (IUS): 809825
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1179
Amparo civil en revisión. Hacienda Pública Federal. 4 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo