MERCANTILES

Artículo IUS 810004. BIENES NACIONALES.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

BIENES NACIONALES.

Aun cuando se causen perjuicios al quejoso, deben negarse la suspensión, si con ello se irrogan perjuicios al Estado, privándolo temporalmente de la posesión de sus bienes.

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Registro digital (IUS): 810004

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1788

Precedentes

Amparo civil. revisión del incidente de suspensión. Farás José. 2 de abril de 1929. Mayoría de tres votos. Ausente: Francisco Barba. Disidente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810004 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810004 de la J. Mercantiles SCJN?

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