MERCANTILES

Artículo IUS 810220. COMPRAVENTA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

COMPRAVENTA.

Conforme al Código de Comercio, el comprador debe pagar las mercancías, en los términos y plazos estipulados, la demora lo constituye en la obligación de pagar réditos al tipo legal, sobre la cantidad que adeude.

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Registro digital (IUS): 810220

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 933

Precedentes

Recurso de súplica 118/26. "Armstrong Packing Company" de Dallas E.U. de A. 20 de agosto de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810220 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810220 de la J. Mercantiles SCJN?

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