MERCANTILES

Artículo IUS 810351. SENTENCIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

SENTENCIA.

No puede alegarse que una sentencia se ocupa de puntos ajenos al debate, porque el autor no exprese de una manera clara los fundamentos de las reclamaciones que hace, dejándolos sólo entender de manera indudable, por el contexto de su libelo.

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Registro digital (IUS): 810351

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 738

Precedentes

Recurso de súplica. Ferrocarriles Nacionales de México. 3 de abril de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Agustín Urdapilleta y Benito Flores no votaron en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810351 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810351 de la J. Mercantiles SCJN?

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