MERCANTILES

Artículo IUS 810442. SENTENCIAS CIVILES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

SENTENCIAS CIVILES.

Sólo pueden decidir sobre los puntos que son materia de la litis contestatio; y si introducen arbitrariamente elementos nuevos o excepciones no alegadas, con ello viola el artículo 14 constitucional.

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Registro digital (IUS): 810442

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 196

Precedentes

Amparo civil directo 3646/26. Ruiz Juan M. 28 de julio de 1926. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Gustavo A. Vicencio, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810442 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810442 de la J. Mercantiles SCJN?

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