Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El medio más directo y eficaz para probar la filiación natural, es el reconocimiento, el cual, para que produzca efectos legales, debe hacerse: en el acta de nacimiento; por acta especial ante el Juez del Registro Civil; por escritura pública; por testamento o por confesión judicial directa y expresa.
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Registro digital (IUS): 810858
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 907
Amparo civil en revisión. Páez viuda de Pérez María. 23 de junio de 1920. Mayoría de ocho votos. Disidente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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