Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Para que el derecho a ella sea protegido por medio del amparo, es necesario que se compruebe que el que lo interpone, efectivamente tenía o tiene esa posesión.
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Registro digital (IUS): 810955
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1185
Amparo civil, en revisión. Vivanco Francisco. 27 de junio de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y José María Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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