MERCANTILES

Artículo IUS 811361. AMPARO CIVIL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

AMPARO CIVIL.

El término legal para promoverlo empieza a contarse desde la fecha de la notificación del fallo que se recurre en amparo.

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Registro digital (IUS): 811361

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 945

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Camacho J. Jesús. 20 de diciembre de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Patricio Sabido, Enrique Moreno y José M. Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811361 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811361 de la J. Mercantiles SCJN?

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