Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El término legal para promoverlo empieza a contarse desde la fecha de la notificación del fallo que se recurre en amparo.
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Registro digital (IUS): 811361
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 945
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Camacho J. Jesús. 20 de diciembre de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Patricio Sabido, Enrique Moreno y José M. Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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