Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La resolución que la concede, aplicando las prevenciones relativas a actos de jurisdicción voluntaria, en vez de las que se refieren a incidentes de carácter contencioso, es violatoria del artículo 14 constitucional.
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Registro digital (IUS): 811479
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 697
Amparo civil en revisión. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila, S.A.". 13 de noviembre de 1917. Mayoría de ocho votos, en cuanto a la resolución; y por mayoría de cinco votos, en cuanto a los fundamentos que sirven de base a esta resolución. Disidentes: Santiago Martínez Alomía; Agustín Urdapilleta, Manuel E. Cruz y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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