MERCANTILES

Artículo IUS 811544. INTERVENTORES EN LOS JUICIO SUCESORIOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

INTERVENTORES EN LOS JUICIO SUCESORIOS.

La legislación del Estado de Hidalgo los considera simples depositarios, sin representación bastante para promover demandas, en defensa de los bienes de la sucesión.

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Registro digital (IUS): 811544

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 435

Precedentes

Amparo civil en revisión. Camacho Díaz Leopoldo. 11 de febrero de 1918. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Santiago Martínez Alomía y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811544 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811544 de la J. Mercantiles SCJN?

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