Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Para que tenga efectos legales, basta que se designe la cosa vendida, si es raíz o mueble no fungible, o, en las fungibles, el género y la cantidad, y, en todo caso, el precio.
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Registro digital (IUS): 811660
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1167
Amparo civil directo interpuesto ante la Suprema Corte. "Martínez Hermanos, S. en C.". 15 de abril de 1918. Mayoría de seis votos. Excusa: Agustín de Valle. Disidentes: José María Truchuelo, Enrique Colunga, Enrique García Parra y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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