MERCANTILES

Artículo IUS 813916. EMBARGO PRECAUTORIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

EMBARGO PRECAUTORIO.

El embargo precautorio no afecta al propietario de los bienes secuestrados en sus derechos de propiedad, sino solamente en la posesión que sobre esos mismos bienes tenga, porque tratándose de secuestro precautorio, ni siquiera es inminente el remate.

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Registro digital (IUS): 813916

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 33

Precedentes

Reclamación 5636/41. José Pérez. 9 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813916 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813916 de la J. Mercantiles SCJN?

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