MERCANTILES

Artículo IUS 814583. REPARACION DEL DAÑO, COMPETENCIA EN CASO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

REPARACION DEL DAÑO, COMPETENCIA EN CASO DE.

Si el accidente ocurre fuera de las horas de trabajo de la víctima y, por lo mismo, no se trata de un accidente de trabajo, sólo queda subsistente la responsabilidad civil de la empresa demandada, al tenor del artículo 1913 del Código Civil. Por tanto, es competente un Juez de lo Civil para conocer de la reparación del daño que en el caso se reclame, aunque el monto de la misma tenga que hacerse aplicando disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, ya que es el propio Código Civil el que remite a la citada ley, en las condiciones por él fijadas, según lo expresa el artículo 1915 del mencionado código, aun cuando no se reclame la indemnización por riesgo profesional. Por otra parte, la existencia de una relación obreropatronal y el hecho de viajar la víctima en un camión de la empresa demandada, son elementos que pueden contribuir para el fracaso o el éxito de la acción, no para determinar la competencia.

---

Registro digital (IUS): 814583

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1948; Pág. 138

Precedentes

Competencia 77/47. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Nueve , y el Juez Decimoprimero de lo Civil de la Ciudad de México, Distrito Federal. 6 de abril de 1948. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCVI, página 2299, tesis de rubro: "RESPONSABILIDAD CIVIL, COMPETENCIA TRATANDOSE DE DEMANDAS DE."

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814583 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814583 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814583 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814583 MERCANTILES desde tu celular