Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
El abandono del domicilio conyugal sin justa causa, entraña una proposición negativa que es imposible analizar de una manera directa, y que consiguientemente cuando el reo confiesa haber abandonado el domicilio conyugal, alegando que tuvo razones para hacerlo, a él toca justificar la causa en que funda su derecho para vivir separadamente del otro cónyuge.
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Registro digital (IUS): 815168
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1936; Pág. 31
Amparo directo 6181/34. Varela Luis B. 22 de abril de 1936. La publicación no menciona la votación ni nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. II.4o.C.24 C (10a.). EMPLAZAMIENTO EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. SI EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SUPLETORIO DEL CÓDIGO DE COMERCIO, NO CONTEMPLA SUFICIENTEMENTE LO RELATIVO A AQUÉL, EL CITATORIO E INSTRUCTIVO DEBEN REALIZARSE DE CONFORMIDAD CON LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE MÉXICO.
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