MERCANTILES

Artículo IUS 815849. QUIEBRAS. CREDITO DE LOS TRABAJADORES. APLICACION DEL ARTICULO 983 DEL CODIGO DE COMERCIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

QUIEBRAS. CREDITO DE LOS TRABAJADORES. APLICACION DEL ARTICULO 983 DEL CODIGO DE COMERCIO.

El juicio ejecutivo civil, en el cual no se ha pronunciado ni notificado la sentencia definitiva de primera instancia, debe acumularse a los autos de la liquidación judicial, a bienes de los demandantes en aquel juicio. Si bien es cierto que la fracción XXIII del artículo 123 de la Constitución General de la República, relacionada con el artículo 128, fracción también XXIII, de la Política del Estado de Veracruz, dispone que los créditos en favor de los trabajadores, por salarios o sueldos devengados en el último año, y por indemnizaciones tendrán preferencia sobre cualesquiera otros, en los casos de concurso o quiebra, también lo es que el artículo 1002 del Código de Comercio, capítulo de graduación, divide a los acreedores en singularmente privilegiados, privilegiados, acreedores comunes y acreedores por contrato, comprendidos en el derecho civil, sea cual fuere el título o causa del crédito, lo cual implica que los trabajadores tendrán la preferencia que la ley les concede, podrán figurar entre los singularmente privilegiados, pero siempre dentro de la quiebra, porque la ley no dispone expresamente que tales créditos no entren al concurso; si así lo hubiera querido, lo habría establecido de manera expresa. Por el contrario, la disposición del citado artículo 1002 prevé que los trabajadores pueden ser acreedores de un concurso y le da preferencia a sus créditos, pero sin que dejen de entrar al propio concurso.

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Registro digital (IUS): 815849

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1931; Pág. 91

Precedentes

Competencia. Suscitada entre los Jueces Segundo de Primera Instancia del Puerto de Veracruz y Primero de Distrito del Estado de igual nombre. Mayoría de votos.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815849 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815849 de la J. Mercantiles SCJN?

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