MERCANTILES

Artículo IUS 816218. QUEJA EN EJECUCION DE SENTENCIA EN AMPARO CIVIL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

QUEJA EN EJECUCION DE SENTENCIA EN AMPARO CIVIL.

Dictada una sentencia por el tribunal de segunda instancia, ajustada a los términos de la ejecutoria de amparo, no procede reclamar en queja, ante la Corte, los actos del Juez de primera instancia, que no ejecuta exactamente la nueva sentencia del tribunal superior, porque esas irregularidades deben reclamarse ante dicho tribunal, que es el encargado de ejecutar su sentencia; y menos procede la queja cuando se ha interpuesto y admitido el recurso de apelación, contra el auto del Juez de primera instancia, reclamado también en queja.

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Registro digital (IUS): 816218

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1928; Pág. 181

Precedentes

Queja. Bolio de Peón Jacinta.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el Informe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816218 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816218 de la J. Mercantiles SCJN?

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