Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si la autoridad se reserva el derecho de establecer si debe imponerse el pago total o el parcial porque a su juicio no existe en principio el derecho para reclamarlas, definido éste en juicio de amparo, tiene que establecer su criterio sobre el particular y si no lo hace, el interesado puede ocurrir en amparo, ya que no puede decirse que se hubiese establecido la verdad legal sobre el punto.
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Registro digital (IUS): 816442
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1939; Pág. 25
Amparo directo 1507/38. Alvarez e Icaza José y coagraviada. 28 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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