MERCANTILES

Artículo IUS 816687. ACCION CAUSAL. VALOR PROBATORIO DEL TITULO DE CREDITO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ACCION CAUSAL. VALOR PROBATORIO DEL TITULO DE CREDITO.

El título de crédito aun cuando haya prescrito, una vez exhibido en autos para los efectos del artículo 168 de la ley de Títulos y Operaciones de Crédito, al ejercitarse la acción causal, hace prueba en cuanto puede relacionarse con el negocio subyacente; deben tomarse en consideración las estipulaciones lícitas que el mismo título contenga y determinarse si corresponden al negocio causal o si, por su naturaleza exclusivamente cambiaria, la prescripción del título afecta su validez.

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Registro digital (IUS): 816687

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1949; Pág. 7

Precedentes

Amparo directo 374/48. González Luz B. 23 de septiembre de 1949. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816687 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816687 de la J. Mercantiles SCJN?

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