MERCANTILES

Artículo IUS 817731. REMATE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

REMATE.

El remate de un predio no priva de la posesión del mismo a la persona que alegue tenerla, y sólo al aprobarse el remate y ordenarse la entrega del predio, podrá entenderse afectada la posesión que alegue tener la persona extraña al juicio. De otro modo, se prolongarían indefinidamente los juicios, toda vez que, al no poder celebrarse el remate, nadie podría ejercer contra el que alega la posesión, los derechos que tuviera por virtud de tal remate o adjudicación que se hiciera a su favor.

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Registro digital (IUS): 817731

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 387

Precedentes

Amparo en revisión 4411/29. Hernández Everardo M. 17 de marzo de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.Amparo en revisión 585/30. Salgado Norberto. 4 de mayo de 1932. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:Tomo XLV, página 1414, tesis de rubro "REMATES, PERSONAS EXTRAÑAS AL PROCEDIMIENTO EN DONDE SE DECRETAN."Tomo XLIII, página 1245, tesis de rubro "REMATES.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817731 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817731 de la J. Mercantiles SCJN?

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