MERCANTILES

Artículo IUS 817798. REGISTRO DE DOCUMENTOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

REGISTRO DE DOCUMENTOS.

De acuerdo con el artículo 3211 del Código Civil, el registro llevará la fecha del día en que los documentos sean presentados en el oficio, y como el artículo 40 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal, en su carácter de disposición reglamentaria, no puede modificar la ley antes citada, la fecha en que se haya hecho el pago de los derechos de registro, no debe tomarse como base para fijar la presentación del documento.

---

Registro digital (IUS): 817798

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1932; Pág. 355

Precedentes

Súplica 102/31. Roel Lorenzo. 5 de agosto de 1932. La publicación no menciona la votación del asunto, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817798 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817798 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 817798 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 817798 MERCANTILES desde tu celular